miércoles, 28 de noviembre de 2007

Reglamento (Etapa Preparatoria)


REGLAMENTO(Etapa Preparatoria)

CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA, FECHA, SEDE Y ORGANIZACIÓN

Art. 1º El Consejo Directivo Nacional, de marzo del año en curso, ha convocado al III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DEL MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA, en la ciudad de Lima para los días 22, 23 Y 24 DE FEBRERO DE 2008.
Art. 2º La comisión Organizadora elegida por el Consejo Directivo Nacional es la encargada de la organización del evento congresal, y dará cuenta de su labor al CDN y al CEN.

CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS

Art. 3º Son objetivos del III Congreso Nacional Ordinario:
Avanzar en la tarea de afirmación programática de la izquierda y su perspectiva socialista, contribuyendo en el proceso de su reconstrucción protagónica y alternativa al modelo y al sistema.
Posicionar al MNI en el nuevo escenario nacional e internacional, insertándolo en la acción política y en la disputa integral de la hegemonía.
Realizar el informe balance de lo actuado en el período 2004-2007; diseñar nuestro escenario, estrategia y táctica
Promover el Proceso Unitario de la Izquierda y fuerzas nacionalistas, progresistas y patrioticas para el Gran Cambio definiendo nuestra política de Frente Único.
Lograr la participación política conciente, entusiasta y organizada de la militancia y comités del MNI en todo el proceso y la realización del III Congreso.
Efectuar las reformas estatutarias pertinentes.
Elegir los órganos de dirección nacional.
Acordar las resoluciones que se consideren necesarias

CAPÍTULO III
DEL TEMARIO

Art. 4º El Congreso desarrollará el siguiente temario:

1. Informe político y orgánico. Balance de la labor realizada.
2. Plataforma programática.
3. Lineamientos para el trabajo de frente único.
4. Reforma del Estatuto del MNI.
5. Elección de los organismos de dirección.

CAPÍTULO IV
DE LOS EVENTOS INTERMEDIOS Y DEBATES

Art. 5º En todos los niveles: distrital, provincial y departamental, los eventos debatirán el temario del Congreso. Las Resoluciones y Conclusiones que adopten, para ser presentadas al evento nacional y ser tomadas en cuenta, deberán ser producto de sus acuerdos y entregadas por escrito.

Art. 6º Los delegados al Congreso Nacional, en todos los niveles, serán elegidos mediante la modalidad de voto universal, directo y secreto.

Art. 7º Los documentos centrales del Congreso Nacional serán entregados con 3 meses de anticipación y los comités intermedios harán entrega anticipada de sus documentos con no menos de un mes.

Art.8º Los propuestas, debates, acuerdos, resoluciones y la elección de delegados deberán ser obligatoriamente consignados en un acta.

Art. 9º El proceso del Congreso, particularmente los debates, deberán sujetarse a las normas, a la ética, al respeto mutuo y estará exento de agravios y adjetivizaciones denigrantes e insultantes.

Art.10º En los eventos congresales, en todos los niveles, participarán únicamente los militantes debidamente acreditados en su Padrón Actualizado.

Art. 11º El quórum para los Congresos Provinciales se establecerá con el 50% más uno de los comités distritales constituidos, o la mitad más uno de sus militantes inscritos, según la modalidad en que se hayan conformado de acuerdo al Inc. C del Art. 20 del Estatuto. Los Congresos Departamentales establecerán el quórum con la mitad más uno de los Comités Provinciales constituidos.

Art. 12º El quórum del Congreso Nacional se establecerá de acuerdo al art. 22 del estatuto: …”la mitad más uno de los comités provinciales registrados en la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones”.

Art. 13º Cada nivel acreditará ante los congresos del nivel inferior sus representantes, a fin de impulsar y confirmar la realización de cada evento.

Art. 14º Los Órganos Electorales Descentralizados, distrital, provincial y departamental, conducirán el proceso de elección de las autoridades de cada comité.

Art. 15º Los Comités Provinciales que se constituyan, deberán sujetarse al art. 20 del Estatuto, con “un mínimo de 3 comités distritales o con 50 militantes empadronados y los Comités Departamentales, con “Comités Provinciales organizados y que representen el 50% más uno del número de provincias de su departamento”.
CAPÍTULO V
DE LOS PARTICIPANTES

Art. 16º Son delegados plenos, acreditados ante el Congreso Nacional, con derecho a voz y voto:
Los delegados de los Comités Provinciales y departamentales debidamente constituidos y en funcionamiento, elegidos en sus eventos congresales correspondientes, en la siguiente proporción:

2 delegados por Comité Provincial
1 delegados por cada Comité Distrital, sólo para el caso de Lima Metropolitana
2 delegados por Comité Departamental hasta con 3 provincias.
3 delegados por Comité Departamental con 4 a 6 provincias.
4 delegados por Comité Departamental con 7 a más provincias.
Los miembros del Consejo Directivo Nacional y del Tribunal de Honor.
Los miembros de la Comisión Organizadora del Congreso Nacional.

Art. 17º Son delegados invitados con derecho a voz, los acreditados directamente por el Comité Ejecutivo Nacional.

Art. 18º Los Comités Provinciales y Departamentales podrán hacer propuestas de invitaciones ante el Comité Ejecutivo Nacional, el mismo que acreditará a aquellos que considere conveniente.

Art. 19º Las delegaciones al Congreso Nacional, deberá de estar integrado por no menos un tercio de compañeras mujeres.

CAPÍTULO VI
DE LA ECONOMÍA Y RECURSOS

Art.20º La organización y el proceso congresal en todas sus instancias, se basa en el principio del autosostenimiento, por lo tanto, todos los que participen en él, deberán prever con anticipación y responsabilidad los costos de cada proceso, sus desplazamientos y otros.

Art.21º Los delegados al III Congreso Nacional Ordinario costearán sus pasajes y abonarán la suma de 10 (diez) soles por derecho de inscripción, para cubrir parte de los costos del Congreso Nacional.
Lima, mayo de 2007

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL MNI

Nota: Por acuerdo del Consejo Directivo Nacional tanto el Reglamento de la Etapa Preparatoria, como para el desarrollo del mismo Congreso, serán aprobados por el Comité Ejecutivo Nacional.

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