miércoles, 28 de noviembre de 2007

Reglamento (Desarrollo del Congreso)

REGLAMENTO DEL DESARROLLO DEL CONGRESO

CAPÍTULO I
DE LA PREPARACIÓN Y ORDENAMIENTO

Art. 1 Se realizará una Asamblea preparatoria, el Viernes 22 de Febrero, en el local del Jirón Miró Quesada 360. Estará presidida por la Comisión Organizadora y tendrá las siguientes funciones:

Recibirá el Informe de la Comisión de Credenciales y establecerá el quórum correspondiente;

Aprobará el nombre y el lema del Congreso;

Elegirá la Mesa Directiva que dirigirá el evento;

Indicará las normas de seguridad y disciplina para todo el evento;

Art. 2 Se efectuará un acto inaugural y con programa especial

CAPÍTULO II
DE LA MESA DIRECTIVA

Art. 3 La Mesa Directiva estará integrada de la siguiente manera:

Un Presidente;

Dos Vicepresidentes;

Dos Secretarios;

Dos Relatores;

Dos Responsables de Seguridad y Disciplina

CAPÍTULO III
DEL DESARROLLO DEL EVENTO

Art. 4 El Congreso se desarrollará con la modalidad de Comisiones de trabajo por cada punto del temario y por una Asamblea General Plenaria.

Art. 5 La Mesa Directiva se encargará de inscribir y de instalar las Comisiones de Trabajo.

Art. 6 Los delegados inscritos en cada comisión, elegirán a un Presidente, un relator, un Secretario y un Responsable de Disciplina, como encargados de conducir el debate del punto del temario que les corresponde.

CAPÍTULO IV
DE LAS INTERVENCIONES

Art. 7 Los Delegados Plenos e invitados, tanto en las comisiones de trabajo, como en la plenaria, podrán intervenir una sola vez por cada punto del temario, por un máximo de cinco (5) minutos. Si el caso lo requiere y si así lo aprueba la asamblea correspondiente, habrá una segunda ronda de participantes, con un tiempo de tres (3) minutos como máximo.

Art. 8 Las mociones sobre cada punto del temario, deberán ser presentadas por escrito y serán sustentadas por cada ponente en un tiempo máximo de 10 minutos; se aprobarán o desaprobarán por mayoría simple y a mano alzada. La sustentación de los documentos centrales en las comisiones de trabajo, a excepción del Informe Balance que se expondrá en la Asamblea Plenaria, no excederán de 30 minutos.

Art. 9 Las Resoluciones aprobadas en cada comisión, serán fundamentadas o informadas por su Presidente por un máximo de 15 minutos ante la plenaria general. Sólo se fundamentarán opiniones en minoría, siempre y cuando éstas hayan obtenido por lo menos 1/3 de la votación en la Comisión de Trabajo respectiva.

CAPÍTULO V
DE LAS VOTACIONES

Art. 10 Las votaciones, salvo las que elegirán a las Autoridades Nacionales del MNI, se realizarán a mano alzada exhibiendo la credencial de delegado pleno.

Art.11 Se considerará un tema como aprobado, aquel que obtenga una mayoría simple de la votación correspondiente.

Art. 12 Para que un tema sea reconsiderado y ser nuevamente sometido a debate, deberá ser solicitado por no menos de 2 tercios de los delegados plenos.

CAPÍTULO VI
DE LA SEGURIDAD Y EL ORDEN

Art. 13 Los delegados asistentes, deberán mantener el orden y la disciplina, sujetándose al reglamento y permanecerán hasta el término del evento. Las inconductas serán informadas a la Comisión de Control y a la base de origen del /o los involucrados a fin que se adopten las medidas pertinentes.

CAPÍTULO VII
DISPOSICIÓN FINAL

Art. 14 Los aspectos y asuntos, no contemplados, ni previstos en el presente reglamento, serán resueltos por la Mesa Directiva y/o la Asamblea Plenaria.

Lima, mayo de 2007

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